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CAPITULO V
DERECHOS Y DEBERES DE LOS SOCIOS

Artº 33º.-   DERECHOS

Son derechos de los socios:

a)  Participar en las actividades de la asociación y en los órganos de gobierno y representación, a ejercer el derecho de voto, así como a asistir a la Asamblea General, de acuerdo con los Estatutos.

b)  Ser informado acerca de la composición de los órganos de gobierno y representación de la asociación, de su estado de cuentas y del desarrollo de su actividad.

c)  Ser oído con carácter previo a la adopción de medidas disciplinarias contra él y ser informado de los hechos que den lugar a tales medidas, debiendo ser motivado el acuerdo que, en su caso, imponga la sanción.

d)  Acceder a la documentación de la asociación, a través de la Junta Directiva.

e)  Usar los bienes e instalaciones de uso común de la Asociación, con respeto a igual derecho del resto de los socios.

Artº 34º.-   OBLIGACIONES

Son deberes de los socios:

a)  Compartir las finalidades de la asociación y colaborar para la consecución de las mismas.

b)  Pagar las cuotas, derramas y otras aportaciones que, con arreglo a los Estatutos, puedan corresponder a cada socio.

c)  Cumplir el resto de obligaciones que resulten de las disposiciones estatutarias.

d)  Acatar y cumplir los acuerdos válidamente adoptados por la Junta Directiva y la Asamblea General.

Sin perjuicio de la pérdida de la condición de socio por impago de las cuotas sociales, ínterin se procede a su expulsión, el socio tendrá en suspenso el derecho de sufragio activo y pasivo. Dicha suspensión del derecho se producirá con el impago de una sola de las cuotas y mientras se proceda a su regularización o a la pérdida definitiva de la condición de socio.


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